Sociedad Anónima en Panamá

¿Cómo hacer una Transferencia de acciones al portador y nominativas?

Sociedad Anónima en Panamá

Transferencia de acciones al portador y nominativas

De acuerdo a la Ley 32 que regula a las empresas offshore desde 1927, las Sociedades Anónimas tienen la facultad de creación, emisión y suscripción de diferentes tipos de acciones. En este sentido, Panamá es uno de los pocos países que aún ofrece la posibilidad de emitir tanto acciones al portador como nominativas. Sin embargo, cuál es la diferencia entre ambas cuando queremos constituir una empresa en Panamá.

En las acciones al portador no aparece el nombre del accionista en el certificado y por lo tanto quien posea estas acciones es considerado el dueño de las mismas por mera posesión. Es decir, quien posee la acción se convierte en dueño de estas. A diferencia de estas acciones, en los certificados de las acciones nominativas debe aparecer el nombre del dueño de la acción ofreciendo una mayor seguridad a quien las posee.

En cumplimiento de la Ley 48 de 6 de agosto de 2013, se adoptan medidas relatias a la inmovilización de acciones al portador de sociedades anónimas constituidas en Panamá en la cual el agente residente o cualquiera institución acreditada para dichos fines, debe actuar como custodio de los certificados originales. 

Por otro lado, la legislación panameña no exige registrar a los accionistas ante una entidad gubernamental o comercial. Esto permite que el nombre de los accionistas se mantenga en el anonimato por lo que es recomendable llevar un registro interno en el que se haga un debido seguimiento de quién es el actual poseedor de estas acciones y determinar si éstas han sido pagadas y liberadas.

A diferencia de las acciones al portador, la transferencia de las acciones nominativas se realiza a través del endoso de las mismas. Cuando se constituye la sociedad, el pacto social tendrá que indicar si las acciones serán nominativas o al portador mientras que las acciones que sean emitidas como nominativas podrán canjearse por acciones al portador o viceversa.

Cuando debemos decidir entre acciones al portador o nominativas, es necesario saber para qué estamos creando la empresa de manera de poder elegir el tipo de acción que sea adecuado para su caso.  Nuestra firma Delvalle & Delvalle le ofrece un servicio jurídico integral para que su empresa offshore se desarrolle aprovechando la ubicación de Panamá como principal centro bancario y financiero en América Latina.

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