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Diferencias entre Accionistas y Directores en las Sociedades Anónimas en Panamá

Al establecer una sociedad anónima en Panamá, es importante conocer las principales diferencias entre las figuras que la conforman y sus funciones claves dentro de las mismas. Muchas clientes presentan confusión entre ambas figuras. Al entender el cargo que desempeñan cada uno se podrán tomar mejores decisiones en cuanto a la manera de conformar su sociedad:

  • Las sociedades anónimas en Panamá deben estar conformadas por un mínimo de tres (3) directores que pueden ser tres (3) individuos de cualquier nacionalidad, siempre mayores de edad. Mientras que en los accionistas no existe un número mínimo requerido; una sola persona natural o jurídica igualmente de cualquier nacionalidad, puede conformar la junta de accionistas.
  • Los directores no son los dueños de la sociedad, sino en teoria, quienes administran la misma. Los directores no tendrán derecho a votos dentro de las decisiones de las junta de accionistas al menos que el pacto social establesca lo contrario. Por el contrario los tenedores de acciones se consideran como los dueños de la sociedad ya que al tener acciones comunes tendran derecho a toma de decisiones dentro de la junta de accionistas.
  • Los nombres y direcciones de los directores aparecen publicados en el pacto social, siendo este el documento público por el cual se constituye la sociedad. Por el contrario, la identidad de los accionistas es 100% privada, pues los certificados de acciones no aparecen registrados en ningún documento o institución pública.
  • Si el cliente desea preservar su confidencialidad o simplementen o posee personas de su confianza para ser ejecer los cargos de directores, tiene la opción de contratar los servicios de director nominal ( Delvalle & Delvalle puede brindar cuantos directores necesite el cliente – máximo 3), sin embargo el cliente o la persona designada por este siempre debe figurar como accionista dentro de la sociedad para preservar el control de la misma.
  • Los directores nominales nunca fungen como firmantes en cuentas bancarias, el accionista siempre debe ser el firmante.

Nota: Para la apertura de cuentas bancarias, si el cliente nombra sus propios directores, estos directores deben viajar a Panamá junto con el accionitas – firmante de la cuenta, sin importar si vayan a ser firmantes o no. Igualmente deben aportar toda la documentación requerida por el Banco.

Aunque existen numerosas diferencias entre los accionistas y los directores, hay ciertas similitudes; Por ejemplo, los directores y accionistas pueden ser de cualquier nacionalidad siempre y cuando sean mayores de edad y no requieren de la ciudadanía panameña o estar físicamente en Panamá para mantener sus cargos.

Sociedades Anónimas en Panamá

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