Guia de Recursos

Sociedades Anonimas vs. Fundaciones de Interes Privado

  1. La principal diferencia entre ambas figuras radica en que mientras las socieades anónimas son constituidas para ejercer actividades comerciales de manera habitual y directa, las fundaciones de interes privado no pueden ejercer actividades comerciales de manera habitual ni directa, sino a traves de sociedades. Las FIP deben ser constituidas con el fin de protección patromonial, holdings, tenedoras de cualquier clase de activos y demás.
  2. Las S.A. estan constituidas por un capital social divido en acciones, mientras que en las FIP existe capital social pero el mismo no esta compuestos por acciones sino por aportes del fundador.
  3. Las S.A. deben estar compuestas por una Junta Directiva que deben ser tres (3) personas naturales de cualquier nacionalidad ( Presidente, Secretario, Tesorero). Las FIP deben estar compuestas por un Consejo Fundacional que puede estar conformado por una (1) persona jurídica o tres (3) personas naturales de cualquier nacionalidad ( Presidente, Secretario y Tesorero).
  4. Las S.A. estan compuestas por una Junta de Accionistas, los accionistas son considerados los dueños de la sociedad y responderan de acuerdo al porcentaje de sus acciones. Los accionistas no estan registrados en ningun documento público.  En las FIP no existen accionistas; existe la figura de los beneficiarios que no son considerados los dueños de la fundación,  sinembargo legalmente tienen derecho a recibir los frutos de la FIP de acuerdo a lo establecido en el reglamento fundacional y al acta.
  5.  En las FIP existe la figura de un protecor que fiscaliza los actos del consejo fundacional, en las S.A. no existe dicha figura.
  6. En las FIP se expide un documento denominado reglamento fundacional que es un documento privado en donde se estipulan los beneficiario principales y secundarios y que pasaria en caso de fallecimiento del beneficiario principal.  En las S.A. solo existen los certificados de acciones ya sean nominativos o al portador. En el caso de las acciones al portador el dueño es el tenedor de las acciones, en caso de las accione nominativas,  para ser traspasadas tienen que ser endosadas. En este caso si el accionista no endosa el certificado y fallece se debera de ir a un juicio de suceción testada o intestada. Esto se evita con la figura de la FIP. Es por esto que es aconsejable que cuando el cliente opere a través de una S.A. tambien consituya una FIP que sirva como Holding de las acciones de la S.A.

Sociedades Anónimas vs. Fundaciones de Interés Privado: Una Guía Completa

La elección entre una Sociedad Anónima (S.A.) y una Fundación de Interés Privado (FIP) puede ser crucial para cualquier emprendedor, inversionista o persona que busca proteger su patrimonio. Cada una de estas figuras jurídicas ofrece ventajas y desventajas específicas, adaptándose a diferentes necesidades y objetivos. En esta guía completa, proporcionada por el prestigioso bufete de abogados Delvalle & Delvalle, exploraremos las principales diferencias entre las S.A. y las FIP, ayudándote a tomar una decisión informada y estratégica.

Delvalle & Delvalle, con su vasta experiencia en derecho corporativo y fiscal, ha asesorado a numerosos clientes en la constitución y gestión de Sociedades Anónimas y Fundaciones de Interés Privado. Su conocimiento profundo y su enfoque personalizado garantizan que cada cliente reciba la orientación necesaria para maximizar los beneficios y minimizar los riesgos asociados a estas estructuras legales.

Diferencias Fundamentales

Actividades Comerciales

La principal diferencia entre una Sociedad Anónima (S.A.) y una Fundación de Interés Privado (FIP) radica en sus capacidades para realizar actividades comerciales. Las S.A. están constituidas para ejercer actividades comerciales de manera habitual y directa, lo que las convierte en una elección ideal para aquellos que buscan operar negocios activamente. Por otro lado, las FIP no pueden ejercer actividades comerciales de manera habitual ni directa, sino únicamente a través de sociedades. Esta restricción posiciona a las FIP como una opción más adecuada para la protección patrimonial y la tenencia de activos diversos.

Delvalle & Delvalle recomienda evaluar cuidadosamente el propósito principal de la entidad antes de su constitución. Si la intención es participar activamente en el comercio, una S.A. es la estructura adecuada. Sin embargo, si el objetivo es la gestión y protección de activos, una FIP puede ofrecer beneficios significativos.

Capital Social

Otra diferencia crucial se encuentra en la estructura del capital social. Las S.A. están constituidas por un capital social dividido en acciones, permitiendo la transferencia y propiedad compartida entre múltiples accionistas. En contraste, las FIP no tienen acciones; en su lugar, el capital social está compuesto por los aportes del fundador.

Delvalle & Delvalle aconseja a sus clientes considerar cómo desean estructurar la propiedad y la transferencia de activos al decidir entre una S.A. y una FIP. La flexibilidad de las acciones en una S.A. puede ser ventajosa para aquellos que planean atraer inversores o compartir la propiedad del negocio. Mientras tanto, las FIP proporcionan una estructura más controlada y centralizada.

Estructura y Composición

Junta Directiva y Consejo Fundacional

Las S.A. deben estar compuestas por una Junta Directiva, que requiere la participación de tres personas naturales de cualquier nacionalidad: un Presidente, un Secretario y un Tesorero. Esta estructura permite una clara separación de roles y responsabilidades dentro de la entidad.

Por otro lado, las FIP están dirigidas por un Consejo Fundacional, que puede estar conformado por una persona jurídica o tres personas naturales de cualquier nacionalidad. Esta flexibilidad en la composición del Consejo Fundacional puede ser útil para aquellas fundaciones que prefieren una estructura más simplificada o centralizada.

Delvalle & Delvalle sugiere que los clientes consideren la mejor forma de gobernanza para sus necesidades específicas. La elección entre una Junta Directiva y un Consejo Fundacional puede depender de factores como el tamaño de la entidad y la naturaleza de sus operaciones.

Junta de Accionistas vs. Beneficiarios

En una S.A., la Junta de Accionistas está compuesta por los accionistas, quienes son considerados los dueños de la sociedad. Los accionistas tienen responsabilidades proporcionales al porcentaje de sus acciones y no están registrados en ningún documento público, lo que proporciona un nivel de privacidad.

En contraste, las FIP no tienen accionistas. En su lugar, existe la figura de los beneficiarios, quienes no son considerados los dueños de la fundación pero tienen derecho a recibir los frutos de la FIP según lo establecido en el reglamento fundacional y el acta. Esta diferencia fundamental en la estructura de propiedad puede influir significativamente en la elección de una entidad sobre la otra.

Delvalle & Delvalle destaca la importancia de comprender las implicaciones legales y fiscales de cada estructura. Los accionistas de una S.A. disfrutan de una propiedad directa y clara, mientras que los beneficiarios de una FIP se benefician de una estructura que ofrece una mayor protección y flexibilidad en la gestión de activos.

Documentación y Fiscalización

Reglamentos y Certificados

En las Fundaciones de Interés Privado (FIP), se expide un documento denominado reglamento fundacional. Este reglamento es un documento privado en el que se estipulan los beneficiarios principales y secundarios, así como las disposiciones en caso de fallecimiento del beneficiario principal. Este reglamento es fundamental para la operación y administración de la FIP, proporcionando claridad y estructura a la distribución de beneficios.

Por otro lado, en las Sociedades Anónimas (S.A.), no existe un reglamento fundacional similar. En cambio, las S.A. emiten certificados de acciones, que pueden ser nominativos o al portador. Los certificados de acciones al portador otorgan la propiedad al tenedor de las acciones, mientras que las acciones nominativas requieren ser endosadas para su transferencia. En caso de fallecimiento de un accionista sin endosar el certificado, es necesario proceder a un juicio de sucesión testada o intestada para la transferencia de la propiedad.

Delvalle & Delvalle aconseja a sus clientes considerar estos aspectos al elegir entre una S.A. y una FIP. La claridad y privacidad del reglamento fundacional en una FIP pueden evitar complicaciones legales en comparación con la transferencia de acciones en una S.A. Además, recomiendan a los clientes que operan a través de una S.A. constituir también una FIP que sirva como holding de las acciones de la S.A. para mayor seguridad y planificación sucesoria.

Figura del Protector

Una característica distintiva de las FIP es la figura del protector. El protector es una entidad o individuo designado para fiscalizar los actos del consejo fundacional, asegurando que las decisiones y acciones se alineen con los objetivos y regulaciones de la fundación. Este rol añade una capa adicional de supervisión y seguridad a la administración de la FIP, protegiendo los intereses de los beneficiarios.

En las Sociedades Anónimas, no existe una figura equivalente al protector. La fiscalización y supervisión de las acciones de la junta directiva y los accionistas recaen principalmente en los órganos internos de la S.A. y, en algunos casos, en la intervención de auditorías externas.

Delvalle & Delvalle destaca la importancia de esta figura en las FIP para aquellos clientes que buscan una estructura con un mayor control y supervisión interna. La presencia de un protector puede ofrecer una tranquilidad adicional a los fundadores y beneficiarios, asegurando que la administración de la fundación se realice de acuerdo con sus deseos y regulaciones establecidas.

Sociedades Anónimas vs. Fundaciones de Interés Privado: Una Guía Completa

Tanto las Sociedades Anónimas (S.A.) como las Fundaciones de Interés Privado (FIP) ofrecen estructuras legales distintas, cada una con sus propias ventajas y desventajas. Las S.A. son ideales para aquellos que buscan participar activamente en actividades comerciales, con una estructura de capital dividida en acciones y una Junta Directiva bien definida. Por otro lado, las FIP son más adecuadas para la protección patrimonial y la gestión de activos, con un reglamento fundacional privado y la figura del protector para garantizar una administración adecuada.

Delvalle & Delvalle ha demostrado ser un aliado invaluable en la asesoría y constitución de estas entidades, proporcionando a sus clientes la orientación necesaria para elegir la estructura más adecuada según sus necesidades específicas. Su profundo conocimiento en derecho corporativo y fiscal asegura que cada decisión esté respaldada por una comprensión clara de las implicaciones legales y fiscales.

Para aquellos que aún no están seguros sobre cuál estructura es la más adecuada, consultar con Delvalle & Delvalle puede ser el primer paso hacia una planificación financiera y patrimonial más segura y eficiente. Su experiencia y enfoque personalizado garantizan que cada cliente reciba el apoyo necesario para maximizar los beneficios y minimizar los riesgos, ya sea mediante la constitución de una S.A., una FIP, o ambas.

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