Nuevo incentivo para la Inversión Extranjera; Establecimiento de Sedes de Empresas Multinacionales.
El gobierno de Panamá con el fin de crear mayores incentivos que ayuden a la economía de nuestro país, ha aprobado recientemente una ley para estimular aun más; el establecimiento de Grupos Económicos o Empresas Multinacionales que desean crear sucursales o subsidiarias en Panamá para perfeccionar negocios que beneficien a sus Grupos Económicos.
Panamá, por su importante posición geográfica, por ser considero un país de servicios, por el uso del dólar como moneda legal en circulación, por los importantes beneficios e incentivos fiscales que brinda y· por muchas otras razones, es considerado por muchas Empresas Multinacionales como un posible hub o centro de conexión para realizar sus negocios.
La Ley No. 41 de 24 de Agosto de 2007 ofrece entre otros los siguientes beneficios fiscales, para aquellas multinacionales que se acojan a este régimen:
Exención del pago de Impuesto sobre la Renta para la empresa ya que Panamá tiene un sistema fiscal territorial y en estos casos la renta producida seria de fuente extranjera.
Exención total del pago de Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios, por operaciones realizadas fuera del territorio nacional.
Exención del Impuesto sobre la renta sobre, seguro social y seguro educativo, para los trabajadores de las empresas, siempre y cuando sus salarios provengan del extranjero.
Exención del Arancel de Importación
Beneficios Migratorios; Aplicación deVisa de Personal Permanente del SEM o ·Visa Personal Temporal del SEMpara los trabajadores extranjeros que trabajen en las sucursales o subsidiarias en Panamá.
Beneficios Laborales; Se exime a las empresas que se acojan a esta Ley, a acatar las reglas del 10% de trabajadores extranjero y el 90% de trabajadores nacionales.
Uno de los requisitos más importantes· para aquellas empresas Multinacionales que deseen acogerse a esta legislación es que los activos del grupo empresarial deben ser igual o mayor a los US$200 Millones de Dólares, en caso de establecer la Casa Matriz en Panamá, aportar certificación del tesorero o secretario de la sociedad sobre el capital social registrado de la sociedad, el cual no será inferior a $ 2 millones de dólares.
De requerir más información sobre esta Ley, sus beneficios y aplicación no dude en contactarnos